IOSCor adoptó nuevas medidas para que los afiliados eviten concurrir a las oficinas


A través de la Resolución 1947, emitido por la entidad, se han decretado algunas nuevas medidas en el marco de la emergencia sanitaria. No hará falta autorizar previamente las consultas, practicas y medicamentos, entre otras medidas.

El Grerente General de la obra social, Gustavo Vega, en comunicacion con Radiofmtotal explicó que "de esta manera se implantará una forma más rápida y efectiva de realizar los trámites habituales sin la necesidad de que el afiliado concurra al organismo".

En lo que refiere a consultas explicó que "a partir de ahora no será necesaria la presentación de las órdenes para la atención, por tal motivo dicha institución no realizará entrega de las mismas y para la acreditación de la consulta deberá cumplimentarse la planilla con los requisitos allí previstos, que los prestadores la deberán confeccionar por código. Y la afiliación será comprobada con el recibo de sueldo".

Para la prescripción de los medicamentos destacó que "se utilizará el formulario personal del médico", aclarando apellido y nombre del paciente, Documento Nacional de Identidad (DNI), número de orden de atención, con firma y sellos del profesional, "por lo que el IOSCOR no entregará más recetarios".

En lo que respecta a internaciones, dijo que "se llevarán a cabo con la sola presentación del recibo de sueldo; y los nosocomios que no cuenten con acceso al padrón de afiliados serán los encargados de tramitar la constancia de afiliación ante el IOSCOR", una vez al día o plazo mayor.

En lo que refiere a prácticas y estudios, ambulatorios e internados, "no se requerirá autorización previa en Casa Central, ya que cada prestador (centro de salud o profesional) realizará la práctica, quedando sujeto a auditoría posterior". Para la acreditación de la atención en estos casos, se deberá cumplimentar la planilla con los requisitos allí previstos, mientras que la afiliación será acreditada con el recibo de sueldo y/o la constancia de afiliación que será tramitada por el respectivo centro de salud. Los prestadores deberán confeccionar una planilla por código.
 


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