En la jornada del miércoles del corriente la sesión ordinaria con 2 votos negativos (Norma Castillo y Enrique Tsotson) y 8 votos positivos se aprobó el Expte. N° 6.048/2.024 sobre el proyecto de Ordenanza del D.E.M. de autorizar la realización de obras, tareas y trabajos en el Ex Matadero Municipal. El proyecto enviado por el ejecutivo solicita la autorización para iniciar trabajos en el predio, que anteriormente estaba destinado para realizar un polo turístico termal que no se concretó.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: DEROGAR en su totalidad las Ordenanzas Municipales N° 2.411 sancionada el 08 de marzo de 2.007 sobre la Afectación de los predios de propiedad municipal ubicados en el ejido Oeste, sobre la Avenida Presidente Perón, Arroyo Marote y caminos vecinales, denominados -PARQUE MARTİN FIERRO-PASEO BOTÁNICO- y el inmueble lindante denominado -MATADERO MUNICIPAL-; Nº 2.749 sancionada el 16 de Junio de 2.011 sobre AUTORIZAR AL DEM ENDEUDAMIENTO PARA EXPLOTACIÓN TERMAL; N° 2.909 sancionada el 06 de marzo de 2.014 la cual dispone CREAR la COMISION EJECUTIVA PRO-DESARROLLO TERMAL DE CURUZU CUATIA, N° 2.980 sancionada el 25 de junio de 2.015 donde se Crea el FONDO FIDUCI ARIO PARQUE ACUÁTICO TERMAL y toda resolución o norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 2°: MODIFICAR los artículos 1; 3 y 5 de la Ordenanza N° 2.780 sancionada el 22 de diciembre de 2.011, los que quedaran redactados de la siguiente manera:
“Artículo 1º. Créase el "Polo de Desarrollo Turístico de Curuzú Cuatiá" en el área suburbana que limita con el terreno Parque Martin Fierro y ex - Matadero Municipal, delimitado por el perímetro comprendido en el plano que se adjunta en Anexo I."
“Artículo 3º: EI DEM elaborará un Plan de Urbanización del área delimitada precedentemente, integrándola al área urbana existente, planificando la oferta de servicios e infraestructura urbana, tanto municipal como privada”.
“Artículo 5°: Se dará especial impulso y fomento a las actividades gastronómicas, hoteleras, culturales, recreativas, turísticas en general y todas aquellas que tiendan a favorecer la comodidad de los concurrentes al Polo Turístico de Curuzú Cuatiá”.
ARTÍCULO 3º: AUTORIZAR al D.E.M. la realización de obras, tareas y trabajos en el inmueble identificado como LOTE "A" de la Mensura 5328-L, Partida Inmobiliaria E1-3117-2, Superficie: 19 has, 61 as, 86 cas, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Corrientes; Folio Real Matricula N° 8181 del año 2.005 de propiedad de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, destinados a espectáculos y/o eventos públicos de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá. –
ARTÍCULO 4°. DE FORMA.
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