Protocolo para bares y restaurantes

La Municipalidad de Curuzú Cuatiá, a través de la Dirección de Bromatología presenta el protocolo ampliado vigente para los bares y restaurantes de Curuzú Cuatiá.

PROTOCOLO PARA BARES Y RESTAURANTES
1. INTRODUCCIÓN
•    • Alcance
•    • Objetivos
•    • Público destinatario
 
2. CAPÍTULO 1. NOMENCLATURA Y MEDIDAS GENERALES
MEDIDAS DE PREVENCIÓN
•    • Recomendaciones visuales
•    • Distanciamiento social
•    • Higiene de manos
•    • Higiene respiratoria
•    • Desinfección de superficies y ventilación de ambientes
•    • Acciones junto a los trabajadores
•    • Comité de Crisis
•    • Identificación de personal en riesgo
•    • Organización del trabajo
 
3. CAPÍTULO 2. PARTICULARIDADES
a. PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
1) Control preventivo
2) Distanciamiento social
3) Higiene de manos y respiratoria
4) Capacitación
b. ATENCIÓN AL CLIENTE
1) Servicio de Restaurante
2) Servicio de comida para llevar - Take away
3) Servicio de entrega a domicilio – Delivery
 
c. ESPACIOS DEL ESTABLECIMIENTO
1) Disposición del mobiliario
2) Zonas de circulación
3) uso de espacio publico
 
c. TAREAS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
Colocar en lugares fácilmente visibles, información sobre las medidas de distanciamiento social, la adecuada higiene de manos, la apropiada higiene respiratoria, y las recomendaciones ante la presencia de síntomas sospechosos de COVID-19. Esto debe además complementarse con otras modalidades (información en página web, redes sociales, por correo electrónico o por teléfono, entre otras) para informar a los trabajadores acerca las medidas de higiene y seguridad adoptadas por la institución.
Distanciamiento social debe mantenerse una distancia mínima entre personas de 2 metros como ideal y de 1,5 metros como aceptable. Esta medida aplica tanto para los trabajadores como para el público que asista al establecimiento (clientes, proveedores, etcétera).
Evitar el contacto físico al saludar con besos, abrazos u apretones de manos. Evitar reuniones en espacios cerrados dentro y fuera del espacio de trabajo. No compartir mate, vajilla ni otros utensilios.
 El uso de barbijo o tapabocas no reemplaza las medidas de distanciamiento social ni la necesidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad, pero puede considerarse como una medida adicional cuando transitoriamente no sea posible mantener la distancia de seguridad mínima. Para mantener el distanciamiento social se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, posiciones de trabajo, etcétera) a 1 persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, para ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.
 Cuando por sus características, esto no sea posible, se debe impedir el uso de estos espacios En caso de que no pueda mantenerse distancia mínima de seguridad (2 metros ideal, mínimo 1,5 metros) entre puestos de trabajo, considerar la instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de vidrio) de fácil y frecuente limpieza.
Higiene de manos Todas las personas que desarrollen tareas en los establecimientos deberán realizar lavado de manos con frecuencia y obligatoriamente:
 Al llegar al lugar de trabajo.
 Antes y después de manipular basura o desperdicios.
 Antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar.
 Luego de haber tocado superficies públicas: mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, etc.
 Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.
 Después de ir al baño o de cambiar pañales.
 Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
Se recomienda evitar, en la medida de lo posible, llevar las manos a la cara.
Cada local o establecimiento habilitado deberá contar con lugares adecuados para realizar un adecuado y frecuente lavado de manos con agua y jabón (dispensador de jabón líquido/espuma, toallas descartables o secadores de manos) y además deberán ponerse a disposición soluciones a base de alcohol al 70% (por ejemplo, alcohol en gel).
Es responsabilidad de la institución proveer los elementos adecuados en cantidad suficiente y en forma accesible para la higiene personal (lavado de manos con jabón, solución hidroalcohólica y toallas de papel).
Utilizar barbijo o tapabocas que cubra nariz, boca y mentón en espacios laborales y áreas comunes de trabajo. Su uso no reemplaza ninguna de las medidas de distanciamiento físico ni de higiene.
Desinfección de superficies y ventilación de ambientes Debe respetarse en todo momento la normativa vigente sobre limpieza y desinfección según rubro y actividad. Realizar desinfección diaria de superficies.
Ventilar regularmente los ambientes cerrados (al menos una vez al día), sobre todo en período invernal o de bajas temperaturas para permitir el recambio de aire.
 
ATENCION DEL CLIENTE
1) Servicio de restaurante Se recomienda ofrecer servicio de reserva anticipada a fin de planificar la cantidad de comensales desde el día anterior, previendo un tiempo prudente de consumo para cada reserva y cumplimiento del distanciamiento social.
Asimismo, informar las condiciones de la reserva, tales como tiempo de tolerancia, horarios de atención, menú disponible, opciones particulares, cantidad máxima de comensales por cada  reserva, condiciones de accesibilidad del local, así como cualquier medida dispuesta para la permanencia en el mismo.
Se sugiere brindar opciones de pago a través de medios digitales que eviten la manipulación de dinero, por ejemplo, tarjetas de débito, crédito, billeteras virtuales y/o pagos con Códigos QR.
 Se sugiere exhibir el menú en carteles, atriles o pizarras, dispuestos en el exterior y/o interior del local, presentar la carta en formato digital o plastificada para facilitar su desinfección, para facilitar el cumplimiento del distanciamiento social.
Requerir durante el ingreso y la permanencia de personas el uso de tapabocas que cubra la nariz, la boca y el mentón, mientras las normas vigentes en su jurisdicción lo exijan.
Los comensales podrán quitarse el tapabocas solamente para ingerir alimentos y/o bebidas.
Evitar la colocación de manteles. Utilizar individuales y retirarlos luego de cada uso para su limpieza y desinfección.
Las servilletas del servicio deben ser de papel, sin excepción. Implementar una adecuada política de lavado de vajilla.
Ofrecer a las y los clientes solución de alcohol 70%, agua 30% antes de ingresar.
Se recomienda no disponer utensilios platos, vasos, etc. en las mesas antes de la llegada de las y los comensales.
 
2) Servicio de comida para llevar o take away
 Si el restaurante brinda servicio de comida para llevar o take away, deberá:
 Establecer el uso obligatorio, tanto para el personal como para terceros, de elementos de protección respiratoria que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en el lugar.
No trabajar con la ropa de calle, contar con uniforme exclusivamente destinado para el trabajo.
Mantener en todo momento una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros e idealmente de 2 metros.
Contar con solución a base de alcohol al 70% en cada sector de atención.
Lavarse las manos con agua y jabón o utilizar alcohol en gel antes y después de cada entrega o pedido.
Evitar la concentración de clientes en el local, teniendo en cuenta los momentos de mayor cantidad de pedidos.
Se sugiere establecer horarios escalonados de atención.
Se sugiere mantener un canal de comunicación virtual y comunicar la disponibilidad del pedido, por ejemplo, por SMS.
 
Servicio de entrega a domicilio o delivery
Si el restaurante brinda servicio propio de entrega a domicilio o delivery, deberá: Extremar las condiciones de higiene y seguridad del personal    conforme las recomendaciones establecidas.
 Cumplir las disposiciones vigentes en materia de manipulación de alimentos.
Evitar la manipulación de los paquetes una vez que salen de la cocina.
Se sugiere dar aviso al cliente antes de la llegada, vía chat u otro medio, para evitar tiempos de espera en espacios compartidos.
Preferentemente debe evitarse la manipulación de dinero en el reparto, trabajando de ser posible, con un sistema de entrega prepago u optar por medios de pagos electrónicos.
El repartidor o repartidora deberá tener alcohol en gel disponible, de fácil acceso. Fomentar la realización del pedido con anticipación, ya sea a través de teléfono o de aplicaciones de reparto a fin de que el repartidor o la repartidora acudan al local únicamente a retirar el pedido.
En caso de utilizarse mochilas o cajas habituales de traslado en delivery, estos deben ser desinfectados previamente con solución del alcohol 70% o lavandina en las concentraciones recomendadas.
 En caso de utilizarse autos, motos o bicicletas éstas deberán lavarse y desinfectarse previamente en los lugares habilitados a tal efecto.
El personal afectado a las tareas de distribución a domicilio deberá cumplir todas las normas de desinfección, prevención y cuidado estipuladas.
 El distribuidor/distribuidora debe evitar el contacto directo en la maniobra de entrega, dejando los bolsones a la distancia preventiva recomendada (1,5 mts) de la persona que lo recibe.
 
ESPACIOS DEL ESTABLECIMIENTO
1) Disposición del mobiliario Disponer el mobiliario de los distintos espacios comunes del establecimiento, respetando las distancias recomendadas.
 En caso de que no pueda mantenerse distancia mínima de seguridad (2 metros ideal) entre puestos de trabajo, considerar la instalación de medidas físicas (mamparas, paneles de vidrio) de fácil limpieza.
 Disponer las mesas en el salón de tal forma que las distancias entre el respaldo entre sillas de una mesa y otra sea como mínimo de 2 m. con capacidad máxima de 6 personas
 Indicar la capacidad máxima de personas en las áreas de uso común, según los metros cuadrados del espacio, que permitan cumplir con la distancia social reglamentaria.
Ofrecer alcohol en gel en todos los espacios comunes y garantizar la provisión de agua y jabón en sanitarios, asegurando su reposición.
 
2) Zonas de circulación Generar, en la medida de lo posible, un sólo sentido de circulación, disponiendo un área de ingreso y otra de egreso principal y a los distintos sectores del  establecimiento, evitando el cruce entre personas y reduciendo la proximidad entre las mismas. Incorporar señalética que organice la circulación de las personas e identifique los diferentes espacios. Señalizar claramente o bloquear el acceso a las áreas que se encuentren restringidas.
3) Para la ocupación con mesas y silla en  espacios públicos (veredas, plazas, etc.)  se debe respetar  las distancias entre el respaldo de  sillas de una mesa y otra , sea como mínimo de 2 m. con capacidad máxima de 6 personas .
El número máximo de mesas que podrán disponer cada local comercial (Restaurantes, Bares, Carrito Hamburgueseros) en la vía pública será de 10 mesas.
 
Cuando se supere el número de 10  mesas en la vía pública deberá tener personal policial para  hacer efectivo el cumplimiento de medidas Covid 19  y evitar aglomeramiento de personas.
 

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