Se trata de un fallo inédito ocurrido en la provincia de Chaco . La abogada impulsora, Florencia Bogado, en declaraciones exclusivas a Radiofmtotal dio detalles del mismo.
La letrada explicó que “ el fallo, lo ordenó la jueza de familia Nro 2 Stella Maris Vega, quien ordenó a la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica que incluya el monto correspondiente a la cuota alimentaria, dentro del cálculo de la boleta de energía del progenitor, demandado”
“ el monto equivale aproximadamente al 20 % de un salario mínimo vital y móvil y según el fallo el monto debe ser incluido y detallado en la factura de luz”, explicó
“ el progenitor quedó sin trabajo, y la jueza tuvo que readecuar los montos, ya que, previo a esa situación, el descuento se hacía de forma directa a través del sueldo. Para ello tuvo que adecuar los montos y renovar el régimen de pago que con el corredor del tiempo se dejó de efectuar”.
“ el hombre dejó de pagar y por ello iniciamos medidas para que sea efectivo el pago de la cuota alimentaria y encontramos la manera de hacerlo a través de la boleta de energía”, sostuvo
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